DE LA CONFERENCIA NABOR CARRILLO

ARTÍCULO OCTOGÉSIMO NOVENO.- Con objeto de honrar la memoria de Nabor Carrillo, distinguido investigador y promotor de la Mecánica de suelos en México, la entonces Sociedad Mexicana de Mecánica de Suelos (SMMS), ahora Sociedad Mexicana de Ingeniería Geotécnica (SMIG) (la Asociación), estableció en marzo de 1972 que cada dos años, y en ocasión de la respectiva Reunión Nacional de Ingeniería Geotécnica, se dicte una Conferencia que lleve el nombre de Nabor Carrillo, a cargo de un destacado ingeniero de la especialidad.


ARTÍCULO NONAGÉSIMO.- La Mesa Directiva de la Asociación, asesorada por el Consejo Consultivo de la misma, analizará el o los temas que pueden resultar del más alto interés para los especialistas en geotecnia, y con base en ellos, seleccionará el o los candidatos más idóneos para cumplir tal objetivo. Se invitará al candidato que resulte elegido, con antelación de por lo menos un año. En cada caso, la Asociación, de común acuerdo con el conferenciante propuesto, establecerá los detalles de la presentación (fecha, idioma, traducción, formato de la Conferencia, etc.). La organización del evento estará a cargo de un Comité Organizador designado por la Mesa Directiva de la Asociación.


ARTÍCULO NONAGÉSIMO PRIMERO.- La Asociación publicará oportunamente la Conferencia, editando un volumen en inglés o en español, o en ambos idiomas, en número suficiente de ejemplares para asegurar la difusión nacional e internacional del texto de la misma. El conferenciante podrá exponer el trabajo en su idioma nativo, siempre que proporcione alguna de las dos versiones antes mencionadas. El autor deberá solicitar la autorización de la Asociación para publicar parte o la totalidad de su Conferencia y se obliga a señalar explícitamente el nombre, lugar y fecha del evento en que fue expuesta aquélla. Para tener impreso el volumen el día de la Conferencia, será indispensable que el conferenciante haga llegar al Comité Organizador la versión escrita de la Conferencia, en alguno de los dos idiomas adoptados, con dos meses de anticipación a la fecha de su impartición.


ARTÍCULO NONAGÉSIMO SEGUNDO.- El conferenciante cederá los derechos de autor a la Asociación y las sumas que se recaben por la venta de la publicación se destinarán a cubrir los gastos de la Conferencia Nabor Carrillo; el remanente pasará a formar parte del patrimonio de la misma Asociación. La Asociación pagará al conferenciante el viaje y el hospedaje en la sede.


DE LA CONFERENCIA RAÚL J. MARSAL

ARTÍCULO NONAGÉSIMO TERCERO.- Como homenaje al profesor Raúl J. Marsal por sus notables contribuciones al desarrollo de grandes proyectos en México, como las presas Chicoasén, Peñitas, El Caracol y Aguamilpa, entre otras, la hoy extinta Sociedad Mexicana de Mecánica de Rocas (SMMR) instituyó en 1994 una Conferencia Magistral que llevará el nombre de Raúl J. Marsal, a cargo de un destacado ingeniero de la especialidad.


ARTÍCULO NONAGÉSIMO CUARTO.- Desde 2012, a solicitud de la mayoría de los expresidentes de la SMMR, la Sociedad Mexicana de Ingeniería Geotécnica (la Asociación) estableció continuar recordando a tan ilustre ingeniero cada dos años, y que en ocasión de la respectiva Reunión Nacional de Ingeniería Geotécnica, se dicte una Conferencia que lleve el nombre de Raúl J. Marsal.


ARTÍCULO NONAGÉSIMO QUINTO.- La Conferencia tiene como objetivo crear un foro en el que distinguidos geotecnistas del ámbito de la investigación y de la práctica profesional presenten el estado del arte de temas relacionados con la mecánica de rocas y con la construcción de presas, donde el profesor Marsal realizó parte de sus trabajos más importantes.


ARTÍCULO NONAGÉSIMO SEXTO.- La Mesa Directiva de la Asociación, asesorada por el Consejo Consultivo de la misma, analizará el o los temas que pueden resultar del más alto interés para los especialistas en geotecnia, y con base en ellos, seleccionará el o los candidatos más idóneos para cumplir tal objetivo. Se invitará al candidato que resulte elegido, con antelación de por lo menos un año. En cada caso, la Asociación, de común acuerdo con el conferenciante propuesto, establecerá los detalles de la presentación (fecha, idioma, traducción, formato de la Conferencia, etc.). La organización del evento estará a cargo de un Comité Organizador designado por la Mesa Directiva de la Asociación.


ARTÍCULO NONAGÉSIMO SÉPTIMO.- La Asociación publicará oportunamente la Conferencia, editando un volumen en inglés o en español, o en ambos idiomas, en número suficiente de ejemplares para asegurar la difusión nacional e internacional del texto de la misma. El conferenciante podrá exponer el trabajo en su idioma nativo, siempre que proporcione alguna de las dos versiones antes mencionadas. El autor deberá solicitar la autorización de la Asociación para publicar parte o la totalidad de su Conferencia y se obliga a señalar explícitamente el nombre, lugar y fecha del evento en que fue expuesta aquélla. Para tener impreso el volumen el día de la Conferencia, será indispensable que el conferenciante haga llegar al Comité Organizador la versión escrita de la Conferencia, en alguno de los dos idiomas adoptados, con dos meses de anticipación a la fecha de su impartición.


ARTÍCULO NONAGÉSIMO OCTAVO.- El conferenciante cederá los derechos de autor a la Asociación y las sumas que se recaben por la venta de la publicación se destinarán a cubrir los gastos de la Conferencia Raúl J. Marsal; el remanente pasará a formar parte del patrimonio


DE LA CONFERENCIA LEONARDO ZEEVAERT WIECHERS

ARTÍCULO NONAGÉSIMO NOVENO- Con objeto de honrar la memoria de Leonardo Zeevaert Wiechers, distinguido investigador y promotor de la ingeniería geotécnica en México y en el mundo, la Sociedad Mexicana de Ingeniería Geotécnica (SMIG) (la Asociación) estableció en 2012 que cada dos años, y en ocasión de la respectiva Reunión Nacional de Ingeniería Geotécnica, se dicte una Conferencia que lleve el nombre de Leonardo Zeevaert Wiechers, a cargo de un destacado ingeniero de la especialidad.


ARTÍCULO CENTÉSIMO.- La Conferencia tiene como objetivo servir como una tribuna desde la cual se pueda difundir el estado del arte actual del conocimiento de las áreas de modelación geotécnica, geotecnia sísmica y cimentaciones, y también reconocer el trabajo científico e ingenieril que notables geotecnistas hayan estado realizando en los últimos años.


ARTÍCULO CENTÉSIMO PRIMERO.- La Mesa Directiva de la Asociación, asesorada por el Consejo Consultivo de la misma, analizará el o los temas que pueden resultar del más alto interés para los especialistas en geotecnia, y con base en ellos, seleccionará el o los candidatos más idóneos para cumplir tal objetivo. Se invitará al candidato que resulte elegido, con antelación de por lo menos un año. En cada caso, la Asociación, de común acuerdo con el conferenciante propuesto, establecerá los detalles de la presentación (fecha, idioma, traducción, formato de la Conferencia, etc.). La organización del evento estará a cargo de un Comité Organizador designado por la Mesa Directiva de la Asociación.


ARTÍCULO CENTÉSIMO SEGUNDO.- La Asociación publicará oportunamente la Conferencia, editando un volumen en inglés o en español, o en ambos idiomas, en número suficiente de ejemplares para asegurar la difusión nacional e internacional del texto de la misma. El conferenciante podrá exponer el trabajo en su idioma nativo, siempre que proporcione alguna de las dos versiones antes mencionadas. El autor deberá solicitar la autorización de la Asociación para publicar parte o la totalidad de su Conferencia y se obliga a señalar explícitamente el nombre, lugar y fecha del evento en que fue expuesta aquélla. Para tener impreso el volumen el día de la Conferencia, será indispensable que el conferenciante haga llegar al Comité Organizador la versión escrita de la Conferencia, en alguno de los dos idiomas adoptados, con dos meses de anticipación a la impartición de la misma.


ARTÍCULO CENTÉSIMO TERCERO.- El conferenciante cederá los derechos de autor a la Asociación y las sumas que se recaben por la venta de la publicación se destinarán a cubrir los gastos de la Conferencia Leonardo Zeevaert Wiechers; el remanente pasará a formar parte del patrimonio de la Asociación. La Asociación pagará al conferenciante el viaje y el hospedaje en la sede.


DE LA CONFERENCIA EULALIO JUÁREZ BADILLO

ARTÍCULO CENTÉSIMO CUARTO.- Con objeto de honrar a Eulalio Juárez Badillo, distinguido Profesor de Mecánica de Suelos e investigador y promotor de la ingeniería geotécnica en México y en el mundo, la Sociedad Mexicana de Ingeniería Geotécnica (la Asociación) estableció en 2016 que cada dos años, y en ocasión de la respectiva Reunión Nacional de Profesores de Ingeniería Geotécnica, se dicte una Conferencia que lleve el nombre de Eulalio Juárez Badillo, a cargo de un destacado profesor de la especialidad.


ARTÍCULO CENTÉSIMO QUINTO.- La Conferencia tiene como objetivo servir como una tribuna desde la cual se pueda difundir la experiencia en la práctica de la docencia y también reconocer el trabajo docente que notables profesores de geotecnia han realizado con el único afán de formar ingenieros geotécnicos de excelencia.


ARTÍCULO CENTÉSIMO SEXTO.- La Mesa Directiva de la Asociación, asesorada por el Consejo Consultivo de la misma, analizará el o los temas que pueden resultar del más alto interés para los especialistas en geotecnia, y con base en ellos, seleccionará el o los candidatos más idóneos para cumplir tal objetivo. Se invitará al candidato que resulte elegido, con antelación de por lo menos un año. En cada caso, la Asociación, de común acuerdo con el conferenciante propuesto, establecerá los detalles de la presentación (fecha, idioma, traducción, formato de la Conferencia, etc.). La organización del evento estará a cargo de un Comité Organizador designado por la Mesa Directiva de la Asociación.


ARTÍCULO CENTÉSIMO SÉPTIMO.- La Asociación publicará oportunamente la Conferencia, editando un volumen en inglés o en español, o en ambos idiomas, en número suficiente de ejemplares para asegurar la difusión nacional e internacional del texto de la misma. El conferenciante podrá exponer el trabajo en su idioma nativo, siempre que proporcione alguna de las dos versiones antes mencionadas. El autor deberá solicitar la autorización de la Asociación para publicar parte o la totalidad de su Conferencia y se obliga a señalar explícitamente el nombre, lugar y fecha del evento en que fue expuesta aquélla. Para tener impreso el volumen el día de la Conferencia, será indispensable que el conferenciante haga llegar al Comité Organizador la versión escrita de la Conferencia, en alguno de los dos idiomas adoptados, con dos meses de anticipación a la impartición de la misma.


ARTÍCULO CENTÉSIMO OCTAVO.- El conferenciante cederá los derechos de autor a la Asociación y las sumas que se recaben por la venta de la publicación se destinarán a cubrir los gastos de la Conferencia Eulalio Juárez Badillo; el remanente pasará a formar parte del patrimonio de la Asociación. La Asociación pagará al conferenciante el viaje y el hospedaje en la sede.


DE LA CONFERENCIA ENRIQUE TAMEZ GONZÁLEZ

ARTÍCULO CENTÉSIMO NOVENO.- Con objeto de honrar a Enrique Tamez González, distinguido ingeniero y promotor de la ingeniería geotécnica en México y en el mundo, la Sociedad Mexicana de Ingeniería Geotécnica (la Asociación) estableció en 2016 que cada dos años, y en ocasión del cambio de Mesa Directiva de la Asociación, se dicte una Conferencia que lleve el nombre de Enrique Tamez González, a cargo de un destacado profesional de la especialidad.


ARTÍCULO CENTÉSIMO DÉCIMO.- La Conferencia tiene como objetivo servir como una tribuna desde la cual se pueda difundir la experiencia en la práctica, la docencia y la investigación, y también reconocer el trabajo que notables ingenieros e investigadores hayan estado realizando en los últimos años.


ARTÍCULO CENTÉSIMO DECIMOPRIMERO.- La Mesa Directiva saliente, en común acuerdo con la Mesa Directiva entrante, analizarán el o los temas que pueden resultar del más alto interés y con base en ellos seleccionarán al conferenciante más idóneo para cumplir tal objetivo, a quien se le invitará con antelación de por lo menos un mes. La Asociación, de común acuerdo con el conferenciante propuesto, establecerá los detalles de la presentación (fecha, idioma, traducción, formato de la Conferencia, etc.). La organización del evento estará a cargo de la Asociación.


ARTÍCULO CENTÉSIMO DECIMOSEGUNDO.- La Asociación podrá publicar la Conferencia. El conferenciante podrá exponer el trabajo en su idioma nativo y deberá solicitar la autorización de la Asociación para publicar parte o la totalidad de su Conferencia y se obliga a señalar explícitamente el nombre, lugar y fecha del evento en que fue expuesta aquélla.


ARTÍCULO CENTÉSIMO DECIMOTERCERO.- El conferenciante cederá los derechos de autor a la Asociación la cual pagará al conferenciante el viaje y el hospedaje en la sede.